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Glosario

Revocar

Derogación es el nombre que se le da a la cancelación para el futuro de la exigibilidad de un texto legislativo o reglamentario.

Aceptación

La aceptación es el hecho por una persona de declarar que suscribe la oferta de compromiso que se le propone.

Acipianos

Es utilizado (cada vez menos) por los facultativos para designar a uno de los contratantes que recibe o está a la espera de un servicio que debe prestarle oa la espera del precio del servicio que ha prestado. El "solvens" es el nombre que se le da a la persona que debe este servicio o este precio. Las palabras "acreedor" y "deudor" se refieren a las mismas situaciones

Pago por adelantado

Al momento de la compra de una propiedad, el comprador paga un depósito correspondiente a una fracción del precio de venta. Contrariamente al pago inicial, el pago fraccionado no da derecho de revocación a quien lo vierte.

Activo disponible

El activo inmediatamente realizable por la empresa.

Acción (Procedimiento)

Debe hacerse una distinción entre “acción” e “instancia”. La acción es el derecho que corresponde a una persona para hacer valer una demanda recurriendo al tribunal al que la ley atribuye competencia para conocerla. La instancia es sólo el desarrollo procesal que resulta de la remisión al juez.

Acción Amistosa (Recuperación)

La cobranza amistosa por cuenta ajena consiste en poner en práctica cualquier medio material, iniciar y seguir cualquier acción legal, con el fin de llevar al deudor de una obligación, a cumplirla voluntariamente sin recurrir a la ejecución forzosa.

acción de recurso

El adjetivo "recursiva" califica la acción por la cual una persona contra quien se entabla un proceso, hace que un tercero responda de las sentencias que contra él se dicten.

Ad hoc

La cual fue instituida específicamente para satisfacer una necesidad.

Afiliación

Decisión unilateral de apoyar un acto o una causa

Otorgar

La "adjudicación" es una venta en pública subasta, también conocida como "venta forzosa", que tiene lugar, generalmente después de una sentencia que condena al deudor al pago de una cantidad de dinero que no ha podido pagar, o no quiere pagar voluntariamente a pesar de la decisión.

Administrador

Los representantes legales para la recuperación y liquidación de sociedades “actúan como “administradores”. Son responsables, en conjunto o separadamente, de supervisar al deudor en su gestión o asistirlo en todos o algunos de los actos de gestión. Si durante el período de observación y control, la empresa se declara en quiebra o si los acreedores demuestran que su deudor ya no tiene efectivo suficiente para hacer frente a sus deudas, la empresa deudora es declarada "en suspensión de pagos". la situación agobiada de este comerciante por vender los bienes de su empresa, ésta es puesta en “liquidación judicial”.

Factorización

Contrato por el cual una entidad de crédito especializada, denominada factor, compra en firme los derechos de crédito que un proveedor, denominado vendedor, tiene sobre sus clientes (franceses o extranjeros), denominados compradores o destinatarios de servicios, a cambio de una remuneración. En caso de impago, el riesgo lo cubre el factor, que no puede volverse contra el vendedor.

Agente de cobro según la ANCR

Los miembros de la ANCR son profesionales de cobro de deudas, inscritos en el Registro Mercantil y de Empresas. Respetan las obligaciones estatutarias de su organización profesional y cumplen la normativa vigente.

Garantizan a sus clientes:

  • La competencia y moralidad de sus empleados.
  • Suscripción a un seguro de responsabilidad profesional
  • La apertura de una cuenta bancaria reservada para la recepción de los fondos recaudados
  • Cobertura de los fondos adeudados a los acreedores
  • La declaración de actividad al Ministerio Fiscal
  • El establecimiento de un contrato de mandato que establece los derechos y obligaciones de las partes.
  • Visitas domiciliarias realizadas por recolectores exclusivamente asalariados
  • Informes periódicos sobre la ejecución del mandato recibidos
  • El pago de las sumas disponibles en los plazos previstos en el contrato de mandato
  • La confidencialidad de la información comunicada.

Se comprometen con respecto a los deudores a:

  • Asegurar la base de las reclamaciones y las cantidades adeudadas.
  • Identifíquese de forma clara y sin ambigüedades
  • Utilizar un lenguaje sencillo y comprensible
  • Comprometerse con el secreto profesional y respetar a las personas y su privacidad
  • Buscar un acuerdo amistoso
  • Advertir a los deudores antes de recurrir a la recuperación forzosa
  • Responder consultas sobre cuentas por cobrar
  • Proporcione un recibo para cualquier pago.
  • Enviar una carta especificando en particular

– la identificación completa de la empresa

– la mención de recuperación amistosa

– identificación del acreedor

– la base y el monto de la suma adeudada en concepto de principal, intereses y otros accesorios

– las condiciones de pago de la deuda

– la reproducción del párrafo 3 y 4 del artículo 32 de la ley 91-650 de 9 de julio de 1991

Alienación

Se refiere a la transferencia voluntaria a otros de la propiedad de una cosa a título oneroso o gratuito.

alegar

Afirmar, presentar ciertos argumentos. (= discutir)

Asignar

Otorgar a alguien una indemnización. (= conceder).

Amistoso

Lograr una “transacción” de mutuo acuerdo sin recurrir a las autoridades legales.

Llamar

El “recurso” es un remedio. En el ordenamiento jurídico francés, los recursos contra las decisiones dictadas por los tribunales de primera instancia (Tribunal d'Instance, Tribunal de Grande Instance, Commercial Court, Social Security Court, Conseil de Prud'hommes, Joint Tribunal rural leases) se concentran en manos de la Corte de Apelación en la jurisdicción territorial de la cual estas jurisdicciones tienen su sede. El recurso tiene efecto devolutivo. la devolución tiene lugar en su totalidad cuando el recurso no se limita a determinados puntos de la sentencia impugnada (1° Civ. – 26 de septiembre de 2007, BICC n°674 de 15 de enero de 2008). Por la devolución (artículos 561 y siguientes del CPC), que puede ser total o parcial, los jueces de apelación quedan investidos del deber de pronunciarse de nuevo, de hecho y de derecho, sobre el objeto de la controversia que es materia de la sentencia dictada en primera instancia. El recurso de casación pretende la revocación o anulación de la primera decisión. La persona que comparece ante el Tribunal de Apelación se denomina "demandado", mientras que la persona que inicia el recurso es el "apelante" o "apelante".

Reclamo de garantía

Hay que tener cuidado de no confundir el recurso, que es un medio de recurso, con un procedimiento llamado “llamada de garantía”. Este recurso se ejerce cuando la persona que es citada ante la justicia considera que otra persona debe sustituirle en las condenas que en su contra pudieran dictarse. Por el recurso de garantía, el que toma la iniciativa de este procedimiento, hace citar ante el Juzgado ya decomisado, a la persona que debe sustituirle. Será, por ejemplo, el llamado en garantía de la aseguradora del conductor de un vehículo que provocó un accidente para que la compañía aseguradora pueda oponerse a la decisión de intervenir y que las condenas pronunciadas contra los asegurados sean finalmente abonadas por la aseguradora. .

Recurso-nulidad

En materia de arbitraje, la doctrina designa con la expresión "recurso de nulidad", el recurso que se abre, ante la Corte de Apelaciones, contra las providencias dictadas en sumario, en su caso, por el presidente de la Audiencia Nacional. o por el Presidente del Tribunal de Comercio en el marco de su misión de auxilio en el arbitraje (la doctrina designa en este caso al juez de sala bajo el término de "juez de apoyo"), cuando se hayan negado a nombrar árbitro y su negativa se fundamenta en el inciso 3 del artículo 1444 del Código de Procedimiento Civil. El juez de cámara puede, en efecto, negarse a nombrar árbitro en el caso de que la cláusula compromisoria sea manifiestamente nula o sea insuficiente para constituir el tribunal arbitral. Este procedimiento también se aplica si la denegación resulta de una extralimitación de facultades del juez de cámara (Cass. 21 de enero de 1998 Rev. arb. 1998. p. 113).

Apelante

Persona que apela contra la sentencia dictada en primera instancia y pide su revocación. (Se opone a la demandada*).

Autorización

Acción de pagar una deuda o un conjunto de deudas con el fin de eliminar todo pasivo (de una empresa, por ejemplo).

Arbitraje

El “arbitraje” con mediación constituye una alternativa al juicio sometido a la jurisdicción del Estado mediante la designación de particulares a quienes las partes encomiendan juzgar su controversia. En los Estados Unidos, las autoridades federales han puesto en marcha un programa llamado “Resolución alternativa de disputas” para desarrollar el arbitraje en particular con el fin de evitar la congestión en los tribunales. El arbitraje en juicios privados se ha desarrollado en particular en Canadá, en Inglaterra, en particular para resolver disputas comerciales. En estos países, las disputas civiles no están excluidas del ámbito del arbitraje.

Árbitro

Persona que ostenta su facultad de juzgar no por delegación del Estado sino por acuerdo de las partes mediante cláusula compromisoria*. El árbitro decide en derecho, pero las partes pueden exigir que el árbitro decida como amigable compositor, es decir en equidad. El árbitro dicta laudos arbitrales que son vinculantes para las partes, como una sentencia.

Deténgase

A diferencia de "sentencias" dictadas por tribunales inferiores (Tribunal Superior, Tribunal de Distrito, Tribunal Comercial, etc.), la palabra "sentencia" es una expresión de la técnica jurídica utilizada para designar una decisión dictada por los tribunales civiles de grado superior , es decir, por los Tribunales de Apelación o por el Tribunal de Casación). El término "arrestor", que ya no se usa, o "comentarista", se utiliza para designar a una persona que publica notas sobre las sentencias dictadas por los Tribunales de Apelación o por el Tribunal de Casación.

Depósito

En el caso de una venta, cuando el comprador se reserva el derecho de desistimiento, abona al vendedor una suma de dinero denominada "depósito" que, en caso de que la venta no se produzca, éste se quedará en compensación. Si es el vendedor quien declara este descargo de responsabilidad, deberá pagar el doble de dicha suma al comprador.

atrás

Lo que queda por pagar después de un retraso en el pago

Lámina

Un término de uso frecuente en materia fiscal. Base económica, valor de referencia utilizado para calcular un derecho o una obligación.

Citación

Acto procesal que permite a una persona (el actor) informar a su adversario (el demandado) que inicia un juicio contra él y lo invita a comparecer ante un tribunal. La citación la redacta y expide un alguacil, hay que decir “Llamar a comparecer”, significa citar a alguien a juicio. La citación es a la vez la formalidad y el nombre que se le da al documento que el alguacil entrega a la persona citada. En el lenguaje de Palacio, los practicantes suelen utilizar la palabra "citación", aun cuando la Ley prevé que la citación puede enviarse por correo.

Seguro de crédito

Forma especial de seguro que permite a una empresa estar total o parcialmente cubierta contra el riesgo de impago

Multa

Cuando se condena a una persona al pago de una suma de dinero, los medios tradicionales de ejecución, que consisten en el embargo y venta de bienes o el embargo de deudas o capitales del deudor, cumplen perfectamente su objeto. El astreinte es una suma de dinero que una persona deudora de una obligación de hacer o no hacer, debe pagar al acreedor del servicio hasta que se ejecute.

pena conminatoria

La "pena conminatoria" caracteriza una orden dada por el Tribunal por la cual amenaza al deudor con un servicio, para condenarlo en caso de no ejecución de esta orden, a pagar una suma de una cantidad acumulada por cada día de retraso. Una vez realizado el servicio, la suma se liquida teniendo en cuenta la mayor o menor celeridad con que el deudor haya cumplido su obligación. Para escapar a la pena, el deudor debe cumplir voluntariamente. El Tribunal de Casación determina que si el deudor cumple después de haber recibido la notificación de la resolución que le ordena el pago de una multa coercitiva, se debe considerar que no ha cumplido voluntariamente y el juez no puede cumplir (Ass. Plèn. 24 de febrero de 2006 – BICC No. 640 de 15 de mayo de 2006 e Informe del Sr. Blatman Asesor-Relator). Cuando no es conminatoria, se dice que la pena es definitiva: en este caso, no hay necesidad de liquidación.

Audiencia

La "audiencia" es el momento del procedimiento durante el cual el juez, cuando el procedimiento es "unipersonal" o el tribunal, cuando el caso es conocido por una formación colegiada, oye a las partes y/o a sus defensores (procuradores, procuradores , representante legal o agentes ad hoc) en sus observaciones orales. El Ministerio Fiscal o uno de sus Suplentes puede asistir a todas las audiencias, incluso a las celebradas por los tribunales especializados dentro de su jurisdicción (art. L 311-15 del Código de Organización Judicial), de hecho, sólo está representado en las audiencias civiles si el caso es “transmisible”. Es el Presidente de la jurisdicción quien, previo dictamen de la asamblea general de los magistrados del asiento, fija por ordenanza el número, el día y la naturaleza de las audiencias de su jurisdicción. En casos de urgencia, podrá autorizar la celebración de audiencias adicionales. Las audiencias son públicas con excepción de las que tienen lugar en la "sala del consejo". Las audiencias se desarrollan de conformidad con lo dispuesto en los artículos 432 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Las partes y sus abogados están obligados por un deber de discreción y para hacer cumplir esta obligación, el magistrado que presida la audiencia tiene poderes de policía. Un funcionario judicial asiste, en principio, a las audiencias del Tribunal Superior y del Tribunal de Distrito. Las audiencias se llevan a cabo en el "juzgado", pero hay casos en los que para acercar la justicia al litigante, los jueces realizan "audiencias móviles" en edificios públicos (escuelas, ayuntamientos), especialmente en los distritos judiciales en el extranjero. en determinadas ocasiones los Magistrados de los Juzgados y Tribunales se reúnen en audiencias solemnes. Los magistrados de los Tribunales allí visten túnica roja, sombrero, cinturón y guantes, mientras que los magistrados de los juzgados de primera instancia y los de los juzgados de distrito llevan túnica negra. Por otro lado, también usan sombrero, cinturón y guantes blancos.

Autoridad de cosa juzgada

Conjunto de efectos anejos a una decisión judicial, tales como la fuerza de verdad jurídica. (Opuesto a cosa juzgada*).

asistente de la corte

“Auxiliar de justicia” es la expresión que designa colectivamente a todas las profesiones que contribuyen al funcionamiento del servicio público de justicia. Esta cualidad se reconoce en particular a los abogados, alguaciles, procuradores, administradores judiciales y liquidadores. Por otra parte, en cuanto a la aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 del CPC que confiere a los auxiliares de justicia un privilegio de jurisdicción, también conocido como "privilegio de foro", la jurisprudencia se divide en cuanto a atribuir esta cualidad a los abogados a los Consejos, a los notarios ya los peritos. Sobre el estado de los distintos actores y auxiliares de justicia, consulte el sitio web del Ministerio de Justicia.

Enmienda

Acuerdo por el que se modifica o complementa un convenio y, a menudo, se anexa a este último.

Abogado

Los abogados son juristas que pertenecen a una organización profesional conocida como Orden de Abogados del Colegio de Abogados de la ciudad donde se encuentra la sede de un Tribunal Superior. Su función consiste principalmente en asesorar, redactar actos jurídicos y asistir a sus clientes ante un tribunal, ante un tribunal arbitral o ante un Consejo de Disciplina. Dos decretos publicados en el Diario Oficial de 17 de septiembre (DO n° 215 de 17 de septiembre de 2003 – folio 15943 y folio 15944) fijan el programa y procedimientos para el examen de acceso al Centro Regional de Formación Profesional de Abogados (CRFPA) y la prueba de aptitud del abogado.

Abogado

El "abogado" es un funcionario ministerial que, excepto en ciertas materias para las cuales su ministerio no se ha hecho obligatorio, tiene el privilegio de postulación para iniciar procedimientos y concluirlos ante un Tribunal de Apelaciones. No hay excepción a esta regla excepto en lo relativo al derecho social. Esta competencia limitada a los actos del juicio que se desarrollan ante un Tribunal de Apelación llevó al Tribunal de Casación a juzgar (Cass. Com., 9 de noviembre de 2005. BICC n°636 del 15 de marzo de 2006, N° 495) que el declaración de demanda equivale a una demanda judicial y que la persona que declara la demanda de un tercero debe, si no es un abogado, estar provista de un poder especial otorgado por escrito que debe presentarse, ya sea en el momento de la declaración de deuda, o dentro del plazo legal de esta declaración. Tal es el caso del procurador en cuanto que el mandato general de representación legal que ostenta sólo se refiere, en cuanto a sus términos de ejercicio, a los procesos pendientes ante la Corte de Apelaciones. No hay abogados ante los Tribunales de Apelación de los Territorios de Ultramar, ni ante los de los Departamentos de Haut Rhin, Bas-Rhin o Moselle: la postulación está asegurada por abogados que residen localmente. Ante el Tribunal de Casación, la postulación se confía a “Avocats aux Conseils”.

teniendo causa

Una persona que ha adquirido un derecho o una obligación de otra persona llamada su originador.

Teniendo derecho

Una persona que es titular de un derecho y está facultada para ejercer este derecho.

Acción directa

es la que la ley atribuye a una persona permitiéndole entablar un juicio contra una persona con quien su deudor se encuentra en determinada situación jurídica.

acción oblicua

Procedimiento previsto por el artículo 1166 del Código Civil que, con excepción de las acciones personales, se concede al acreedor de una persona que se niega, dolosa o no, a hacer valer sus derechos contra sus propios deudores.

Acción Pauliana

es la acción ejercitada por un acreedor contra un deudor que ha realizado un acto en fraude de sus derechos, por ejemplo cuando organizó su concurso o cuando redujo el valor de su patrimonio, con el fin de hacer vano el ejercicio de cualquier medio de ejecución.

B

Arrendar

El Código Civil en el Título VIII (art. 1708 y siguientes) designa bajo la denominación general de “contrato de arrendamiento”, tanto el contrato de arrendamiento de cosas, el contrato de trabajo que es el contrato mercantil y el contrato de servicio que es el contrato de trabajo. .

En cuanto al arrendamiento de cosas, para designar el contrato por el cual una persona da un bien a otra con miras a utilizarlo a cambio de una remuneración conocida como "alquiler", el uso ha consagrado dos expresiones, "alquiler" y "arrendamiento". La palabra "alquiler" rara vez se usa en el lenguaje cotidiano, excepto para designar el alquiler de "automóviles maestros". En realidad desapareció con los maestros.

En el lenguaje legal común, las palabras “arrendamiento” y “alquiler” se usan indistintamente para designar el alquiler de bienes inmuebles. Pero con el tiempo, habiendo abandonado los juristas el uso del verbo “bailler”, decimos cuando designamos al propietario, que “da en arriendo” y para el que recibe la propiedad, que “toma en arriendo”. Evitamos la expresión anfibiológica "to rent" que, si no se sitúa en un contexto que haga explícito su sentido, plantea el problema de saber si el verbo se toma en su sentido activo de "to rent" o en su sentido pasivo de “tomar en alquiler”. Véase también la palabra: "Louage".

En lugar de la palabra "arrendamiento", la palabra "alquiler" se usa más comúnmente cuando el objeto del contrato es una cosa mueble. Decimos “alquilar un coche” o “alquilar un par de esquís”. “Alquiler” también se utiliza en el contrato de transporte de pasajeros. Decimos “alquilar un asiento en un tren”. De manera similar, los abogados continúan usando el verbo “contratar los servicios de alguien” en lugar de “contratar” o “contratar” a un empleado.

El arrendamiento de un edificio o partes de un edificio destinado a vivienda se rige por:

  • las disposiciones generales contenidas en los artículos 1713 y siguientes del Código Civil,
  • Ley N° 89-462 del 6 de julio de 1989 para mejorar las relaciones de arrendamiento, a través de diversas disposiciones del Código de Construcción y Vivienda,
  • Artículo 62 de la Ley N° 91-650, de 9 de julio de 1991, por la que se reforman los procedimientos civiles de ejecución, modificada, en lo que respecta a la extinción y al procedimiento de evicción, por la Ley N° 98-657, de 29 de julio de 1998, relativa a la lucha contra las exclusiones.
  • por el Código de Construcción y Vivienda.

La solicitud de resolución de un contrato de arrendamiento de vivienda, cuando se base tanto en la falta de pago de la renta como en el incumplimiento de la obligación de disfrute pacífico, en particular, por la existencia de una deuda arrendaticia, deberá, bajo pena de improcedencia, haber sido notificado al Prefecto, y éste dentro del plazo de dos meses previsto por el artículo 24 de la ley de 6 de julio de 1989. La omisión de esta formalidad no puede ser reparada por notificación hecha pendiente (3° Civ. – 16 de abril de 2008). – BICC n°687 del 15 de septiembre de 2008). Tratándose de arrendamientos comerciales, el motivo grave y legítimo para negarse a renovar el contrato de arrendamiento comercial puede estar constituido por una culpa imputable al arrendatario o a las personas por quien responde. (3er Ch. Civ., 11 de junio de 2008. BICC n°690 del 1 de noviembre de 2008).

Contrato de arrendamiento comercial

Arrendamiento mínimo de nueve años de local para uso comercial y que esté sujeto a las disposiciones protectoras para el arrendatario definidas por el decreto 53-960 del 30 de septiembre de 1953.

Se deben cumplir ciertas condiciones para beneficiarse del estatus de arrendamientos comerciales:

  • el arrendatario debe ser comerciante, industrial o artesano, inscrito en el registro de comercio y sociedades o en el directorio de oficios.
  • el arrendatario debe ser propietario de un negocio o fondo artesanal
  • el fondo debe ser operado en el local

arrendamiento enfitéutico

Alquiler de un edificio físico por un período de entre 18 y 99 años a cambio de una tarifa módica.

Bancarrota

Una persona natural puede responder por este delito cuando su estado de cesación de pagos es el resultado de su propio acto.

Beneficio de discusión

Derecho concedido al Fiador que puede exigir al acreedor que primero prosiga la venta de los bienes del deudor principal, con la condición de que anticipe las costas de la acción y señale los bienes embargados.

beneficio de la división

Derecho, concedido a todas las personas que han dado fianza por la misma deuda, para exigir que el acreedor reduzca su acción contra ellos en proporción a su parte en la deuda.

Bienes

La palabra "propiedad" designa una cosa material que es objeto de apropiación privada o pública. Esta noción se opone a la de “derechos” que son prerrogativas inmateriales. Puesto en plural, la expresión “bienes”, comprende todos los muebles y edificios pertenecientes a una persona: todos sus bienes y sus derechos y acciones constituyen su patrimonio. El Código Civil, que rige la ley de propiedad, hace una distinción entre la propiedad que está sujeta a apropiación individual y la que es “no comercial”. La naturaleza y clasificación de los bienes determina el alcance de los derechos de quienes son sus propietarios, poseedores o poseedores.

La ubicación geográfica y la naturaleza de los bienes determinan la competencia de los tribunales que conocen del litigio del que son objeto.

Hoja de balance

Fotografía en un momento T de la situación financiera de una empresa. Generalmente toma la forma de una tabla en la que se muestran los activos (ingresos) por un lado y los pasivos (gastos) por el otro. Se hace una resta entre los productos menos los gastos para obtener el resultado final de la empresa

Pagaré

Papel de comercio por el que una persona denominada suscriptor (el deudor, es decir, el cliente) reconoce su deuda y se obliga a pagar, a otra persona denominada beneficiario (el acreedor, es decir, el proveedor, o un tercero designado por él), una determinada suma en un momento dado.

BODACC

Boletín Oficial de Anuncios Civiles y Comerciales. Este es el diario oficial que presenta toda la información que publican los secretarios de los juzgados de comercio.

un buen padre de familia

Términos utilizados para describir a una persona prudente y diligente.

Buena fe

Términos utilizados para calificar la actitud de una persona dispuesta a cumplir con la ley y que creía legítimamente que su situación cumplía con los requisitos legislativos.

Gabinete

El Gabinete es el cargo ocupado por el Presidente y los jueces. Los magistrados las ocupan solos oa veces las comparten con otros magistrados dentro del juzgado. La palabra se aplica tanto al despacho de los magistrados de plaza como a los del Ministerio Público.

La palabra "firma" también se refiere a las oficinas de un abogado. Por otro lado, la oficina de un abogado, un notario o un alguacil es un "estudio"

empresa de cobro

Se trata de una denominación que se da a las sociedades, personas jurídicas que, de forma habitual u ocasional, incluso con carácter accesorio, realizan el cobro amistoso de deudas por cuenta ajena, con excepción de las que procedan por su condición profesional o dentro de el marco de la regulación de su profesión.

El DECRETO 96-1112 del 18 de diciembre de 1996 rige la regulación de la actividad de las personas que realizan el recobro amistoso de deudas en nombre de otros.

Casación (sentencia de)

Decisión por la que el Tribunal de Casación anula total o parcialmente la sentencia dictada por el Tribunal de Apelación. (oponerse al rechazo*)

Causa

El contrato para formarse válidamente debe tener una causa y además debe ser lícito.

Fianza

La "fianza" es una garantía personal por la cual una persona llamada "la fiadora" se obliga respecto de un tercero llamado "el beneficiario de la fianza" a pagar la deuda del deudor principal denominado "la persona garantizada", pues en el caso de que éste incumpla sus compromisos.

La fianza también puede ser legal o judicial cuando resulta de un requerimiento legal o de una decisión judicial.

El fiador interviene en principio sólo con carácter subsidiario y para ello puede exigir que el deudor sea discutido en sus bienes. En otras palabras, compensará el incumplimiento del deudor si y sólo si la venta de los bienes de este último no es suficiente para satisfacer a los acreedores. (ver beneficio de la discusión).

Certificado de irrecuperabilidad

Documento que acredite la imposibilidad de recuperar una cantidad impaga y permita que la factura sea 'pérdida' en el sentido contable y fiscal del término. Y poder recuperar el IVA

certificado de impago

En el caso de cheques impagos, es el documento que entrega el banco al beneficiario del cheque. La notificación de este certificado de impago por el Alguacil equivale a una orden de pago.

Cesación de pagos

El estado de cesación de pagos es la situación en que se encuentra una persona o una empresa que ya no dispone de efectivo suficiente para hacer frente a sus deudas líquidas y exigibles. La cesación de pagos no debe confundirse con un gen temporal de dinero en efectivo, ni con la insolvencia. La constatación por un tribunal de comercio del estado de cesación de pagos da lugar a la apertura de un procedimiento de administración judicial.

Asignación

Es la transmisión de la propiedad de un bien o un derecho entre vivos a título oneroso o gratuito. El cedente es el cedente. El destinatario es el cesionario.

Controlar

Un cheque es un medio de pago autorizado pero no obligatorio. Esto significa que un comerciante puede rechazar el pago con cheque o exigir una cantidad mínima para ello. Además, toda persona que pague con cheque debe, de hecho, poder acreditar su identidad mediante un documento oficial con su fotografía.

Completar correctamente un cheque es esencial. Siempre tome un mínimo de precauciones. Preferiblemente utilice un bolígrafo con tinta negra. Siempre escriba la misma cantidad en números y en palabras. Nunca firme un cheque en blanco, es decir, un cheque cuyo monto no esté escrito en cifras y en letras.

No olvide indicar la fecha actual. Está estrictamente prohibido posfechar un cheque. No solo corre el riesgo de una multa, sino que esta práctica no le permite obtener el pago diferido de su cheque porque los bancos están obligados a pagar cualquier cheque que se les presente sin preocuparse por la fecha ingresada, tan pronto como esté escrito en debido. forma. Sepa que sólo tiene quince días para impugnar un estado de cuenta. La vida útil de un cheque, ya sea bancario o postal, es de un año. Nunca olvide que un cheque es un medio de pago y no un instrumento de crédito.

Tenga en cuenta que el procedimiento de oposición se reserva exclusivamente para el caso de pérdida o robo.

Cheque – Oposición

Solo puede oponerse al pago de un cheque en caso de pérdida o robo, uso fraudulento y recuperación fraudulenta o liquidación del portador. La oposición está prohibida por cualquier otro motivo, en particular en caso de disputa comercial. Además, debes acordarte de comunicar la oposición y especificar el motivo por escrito a tu banco.

Noticias

Cheque sin fondos

Emitir un cheque NSF es un acto grave que conduce a una prohibición bancaria.

El beneficiario de un cheque NSF tiene ciertas garantías y varios medios de acción que debe implementar rápidamente para proteger sus intereses.

La obligación del banquero de pagar ciertos cheques NSF

El banco del emisor está obligado a aceptar las siguientes dos categorías de cheques NSF:

  • los de valor inferior o igual a 15 €, presentados menos de un mes después de su fecha de emisión,
  • aquellos cuya emisión fue incentivada por negligencia grave del banquero (por ejemplo, entrega de talonarios de cheques a un cliente prohibido para la banca).

Documentos proporcionados por el banco.

Tan pronto como un banco decida no pagar un cheque por falta de fondos, debe informar al beneficiario dentro de dos días enviándole un certificado de rechazo. Esto indica que el emisor del cheque tiene prohibido realizar operaciones bancarias y que si el cheque no se liquida dentro de los 30 días, se puede emitir un certificado de falta de pago a solicitud del beneficiario y enviarlo dentro de los 15 días. Pero, este certificado debe ser enviado por el banco después de una segunda presentación fallida.Este documento vale una orden de pago y es esencial para implementar el procedimiento de recuperación simplificado.

El procedimiento de cobro simplificado

Este procedimiento sencillo y gratuito para el beneficiario permite recuperar el importe del cheque directamente del emisor. El beneficiario debe comenzar por notificar al emisor del cheque el certificado de falta de pago, ya sea por agente judicial o por carta certificada con acuse de recibo. Este acto equivale a una orden de pago, si el cheque no se liquida dentro de los 15 días, el alguacil emite un título ejecutivo. Esta tiene el mismo valor que una sentencia y autoriza al beneficiario a iniciar todos los medios de cobro forzoso (como embargos) para recuperar su crédito.

Cheque NSF emitido por un comerciante

Cuando el titular del cheque NSF por un importe superior a 10.000 F es un comerciante o un artesano, el banco informa sistemáticamente del incidente de pago al secretario del juzgado de comercio.

Cifra de negocio

Todos los ingresos obtenidos por una empresa

Inseguro

Cuando varios acreedores han de repartirse el producto de la venta de los bienes que hayan pertenecido a su deudor común y esta suma no alcanza para pagarlos a todos, se abre un procedimiento denominado de "distribución" que ha tenido lugar el la iniciativa del Registrador Jefe de la jurisdicción. A los acreedores que tienen un privilegio o garantía, por ejemplo, el Fisco para el pago de los impuestos impagos o los empleados para sus sueldos y prestaciones salariales o incluso el arrendador para las rentas y que se denominan "acreedores privilegiados" se les reembolsa antes que a los demás, y en el orden fijado por la ley.

En cuanto a los demás, aquellos a quienes la ley no les confiere un privilegio, se les llama acreedores “quirografarios”. Si después del pago de las deudas privilegiadas queda un saldo, se pagan "al marc-le-franc", lo que significa que reciben un "dividendo" que se calcula tomando la relación entre el monto de la deuda de cada uno de ellos y el importe global de la suma que queda por distribuir.

Cláusula

Disposiciones de un contrato

Cláusula de jurisdicción

Disposición por la que las partes de un contrato deciden someter cualquier controversia al tribunal de su elección.

Cláusula de compromiso

Disposición por la cual las partes contratantes deciden someter sus eventuales controversias a un Tribunal Arbitral. Por esta Cláusula las partes del contrato especifican si quieren que el árbitro* juzgue en derecho o en equidad.

Cláusula de no competencia

Cláusula por la que una de las partes se obliga a no ejercer durante un tiempo determinado, y en una zona geográfica determinada, una actividad profesional susceptible de competir con la de la otra parte contratante.La cláusula de no competencia debe limitarse imperativamente en el tiempo, en el espacio y ser proporcionada. Si está estipulado en un contrato de trabajo, también debe preverse una compensación económica y la cláusula debe ser esencial para la protección de los intereses legítimos de la empresa (Cass. Soc. 31 de mayo de 2006; n°00-45). Estas son condiciones acumulativas. En caso contrario, la cláusula es nula.

Cláusula de derecho consuetudinario exorbitante

Cláusula por la que las partes han decidido derogar el derecho común. Este tipo de cláusula es perfectamente válida, sin embargo las partes no pueden derogar las denominadas disposiciones de orden público*.

cláusula leonina

Referencia a la fábula de LAFONTAINE y la parte del león. Se define como la cláusula por la cual se otorga una ventaja exorbitante frente a las demás partes contratantes. Este tipo de cláusula puede cancelarse si el perjudicado lo solicita.

Cláusula penal

En la mayoría de los contratos, con frecuencia se inserta una cláusula de penalización para liquidar de antemano cualquier incumplimiento de las respectivas obligaciones de las partes. Tal cláusula prevé, en efecto, que el deudor pagará los daños y perjuicios fijados de antemano, en caso de retraso o incumplimiento de sus obligaciones, independientemente del daño sufrido por el acreedor.La cláusula tiene dos objetivos: por un lado por otra parte, incitar al deudor a cumplir su obligación, por otra parte, reparar el daño sufrido como consecuencia del incumplimiento.Pero, para ser verdaderamente eficaz, una cláusula penal debe cumplir una serie de condiciones: la determinación de los daños que pretende cubrir, no podrán cubrirse de esta forma los que no hayan sido previstos, - asimismo, deberán especificarse las condiciones para la ejecución de la pena, así como los plazos de pago.- es necesario para definir si la cláusula permite, además del pago de la pena, continuar con la ejecución de la obligación;- una pena fijada demasiado alta incurre en riesgo de revisión bajo el control del juez, de acuerdo con el poder que le ha sido conferido artículo 1152 del Código Civil. Sin embargo, la jurisprudencia muestra que los jueces, al reducir el monto de la pena, cuidan de preservar su carácter de sanción; - finalmente, una pena fijada demasiado baja puede convertirse en una ventaja para el deudor que tendrá interés en pagar la pena en lugar de cumplir con su obligación. En este caso, la cláusula adquiere el efecto de un límite de responsabilidad que seguirá siendo lícito en ausencia de dolo o culpa grave del deudor. Sin embargo, aunque el juez puede, también aquí, modificar la cuantía de la cláusula, parece que en materia informática evita hacerlo, por lo que la cláusula penal debe ser objeto de una minuciosa redacción, tanto más que su efecto persiste incluso después de la terminación de la misma. el contrato.

Base de clientes

Conjunto de personas que depositan su confianza en una persona natural o jurídica y con la que mantienen una relación comercial. La clientela es el elemento esencial de la buena voluntad.

codeudor

Persona que está obligada con otra a respetar una o varias obligaciones. (Por ejemplo: el pago de un siniestro).

co-fiductores

Nombre que se da a varias personas que dan fianza a un mismo deudor por una misma deuda, cualquiera que sea el carácter solidario o la denominación de la fianza.

Relleno de pasivos (acción en)

Acción iniciada contra el administrador de una sociedad en concurso o liquidación judicial cuando resulte que la situación en que se encuentra la sociedad sea consecuencia de una falta de gestión de dicho administrador. Esta acción tiene por objeto hacer que el administrador soporte de derecho o de hecho todas o parte de las deudas de la sociedad, respondiendo así con su patrimonio personal.

Mandamiento

Un "mandamiento" es un acto del alguacil por el cual este funcionario ministerial que ha sido encargado por la parte vencedora en juicio de la ejecución de una decisión judicial que ha devenido ejecutoria, cita al deudor a cumplir, en su defecto, llevará a cabo esta ejecución. , si es necesario con la asistencia de la fuerza pública

Junta de Apelación Amistosa

En el procedimiento contencioso organizado por el Código de la Seguridad Social para resolver los conflictos derivados de la aplicación del Código de la Seguridad Social, este Código ha establecido una Comisión Amistosa de Apelaciones que se constituye en el seno del Consejo de Administración de una organización social para examinar las quejas formuladas contra los decisiones tomadas por los servicios de esta organización. Su consulta es preceptiva previa a la iniciación de un procedimiento contencioso ante el Tribunal de Asuntos de la Seguridad Social.

Comisión de sobreendeudamiento individual

Comisión, establecida en cada departamento, responsable de examinar las solicitudes de personas que no pueden pagar sus deudas (no profesionales). Está buscando un acuerdo con los acreedores para arreglar pagos o reducir deudas. Está presidido por el prefecto (o su representante), la secretaría está a cargo del representante de la Banque de France

Compensación

Es la extinción total o parcial de dos obligaciones recíprocas entre las mismas personas.

Conciliación

Forma amistosa de solución de controversias. Las partes deciden llegar a un acuerdo amistoso para resolver su conflicto en lugar de acudir a los tribunales.

Conciliación (procedimiento)

Nuevo procedimiento introducido por la Ley de 26 de julio de 2005 "Ley de Salvaguardia" que permite a una persona física o jurídica que experimente "una dificultad jurídica, económica o financiera, comprobada o previsible" o un estado de cesación de pagos por menos de 45 días para acudir al Juzgado competente para que se nombre un conciliador. Sólo el deudor puede iniciar la remisión al Juzgado a los efectos de la apertura del procedimiento.Además, queda excluido para los agricultores. Este último tendrá la tarea de encontrar acuerdos, condiciones de pago y/o alivio de la deuda con los contratistas principales del deudor y así ayudarlo a superar estas dificultades. El acuerdo amistoso o bien es simplemente registrado por el juez, en cuyo caso el procedimiento conserva su carácter secreto. Podrá ser aprobada por el Tribunal competente, en cuyo caso tendrá el mismo valor que una sentencia, pero perderá su carácter confidencial.

Recomendaciones

Concluir en el lenguaje cotidiano es terminar una presentación o razonamiento que se resume en unas pocas oraciones o incluso en unas pocas palabras. En este sentido podemos hablar de la celebración de un informe pericial para designar la parte final.

En el procedimiento civil, ante un Tribunal Superior, los abogados de las partes o ante el Tribunal de Apelación, sus abogados, están obligados a presentar al juez un documento que contenga la presentación de los motivos de hecho o de derecho en los que se basan las pretensiones y defensas de sus clientes. Este documento se llama “conclusiones”: la palabra designa tanto el contenedor como el contenido.

Confusión

Situación en la que se combinan en una misma persona las calidades de acreedor y deudor y que conduce a la extinción de la obligación (ejemplo: cuando el acreedor hereda de su deudor o viceversa).

Entrada de la competencia)

En el lenguaje procesal civil, “concurso” es la situación en la que se encuentran varios acreedores que se han apoderado de bienes (muebles, bienes, inmuebles, sumas de dinero) pertenecientes a su deudor común.

Si uno u otro hace uso de un derecho de preferencia, se instituye un procedimiento conocido como "procedimiento de orden" por el cual, en caso de controversia, el juez determina el rango de los pagos que fija la ley en función de la calidad de cada crédito (privilegio, garantía, prenda, hipoteca, etc.) y para los acreedores que tienen iguales derechos, se hace una distribución.

Si las sumas embargadas o el producto de la venta de los bienes embargados que han sido objeto de subasta no son suficientes para cubrir el importe total de las deudas, el pago se efectúa “au marc le franc”.

Consentir

Acuerdos de voluntades para producir efectos jurídicos. Esta es una de las condiciones de validez de un contrato. Todas las partes de un contrato deben dar su consentimiento. Este último debe ser ilustrado y libre de defectos*.

Conservatorio (medida)

Una medida cautelar es una disposición por la cual, en espera de una decisión final, un juez referido por el acreedor, decide poner los bienes del deudor en manos de los tribunales para asegurar la eficacia de las medidas de ejecución que se tomarán una vez que la hayan transcurrido los plazos para apelar o se hayan agotado los recursos.

Si el acreedor tiene un título, aunque tenga una sentencia sujeta a oposición o apelación, puede hacer que se le aplique una medida cautelar sin tener que solicitar una orden del juez de ejecución, o del Presidente del Tribunal de Comercio si la reclamación es de carácter comercial. Cuando se ha dictado una medida cautelar, el acreedor debe, dentro del mes siguiente a la ejecución de la medida, bajo pena de caducidad, iniciar el procedimiento o cumplir los trámites necesarios para obtener un título ejecutivo.

Estas medidas son de muy variada naturaleza, como el embargo, la consignación de sumas de dinero, la designación de un administrador, el embargo preventivo, el embargo de sumas de dinero o de cosas muebles en poder de un tercero, por ejemplo en manos de un banco o de un inquilino. Sólo el embargo de la remuneración no puede ser objeto de medida cautelar.

Litigio

La palabra “litigio” es un adjetivo tomado del lenguaje administrativo, que caracteriza un procedimiento destinado a juzgar una disputa entre un usuario de un servicio público y el Estado. En procedimiento civil, la palabra designa cualquier procedimiento destinado a que un tribunal juzgue la admisibilidad y el fondo de las demandas que oponen una o más personas a una o más. Lo contrario de “asunto litigioso” es “asunto de gracia”. El nuevo Código de Procedimiento Civil dicta “reglas específicas para las materias no contenciosas” (art. 25 y ss.).

Algunas empresas han especializado uno de sus servicios para que el personal adscrito a las mismas asesore a la Dirección para encontrar una solución a las cuestiones jurídicas que les plantean las relaciones internas o externas con las que tiene que tratar la empresa. Este departamento redacta los borradores de los contratos, los recuerda a los deudores, realiza el seguimiento de las reclamaciones de clientes y proveedores y de los procedimientos que estos últimos hayan ejercitado contra ellos o que la empresa haya iniciado. Estos servicios a menudo toman el nombre de “Service du Litigation”.

La palabra a veces es utilizada de manera sustantiva por los medios de comunicación para expresar la existencia de un desacuerdo: decimos: “tener una disputa con un banco”.

Contrato

El legislador ha definido el contrato como el acuerdo por el cual una o varias personas se obligan, respecto de otra o varias, a dar, hacer o no hacer algo.

Tribunal de apelacion

Los Tribunales de Apelación son los tribunales de segundo grado que conocen, en vía de apelación, de las solicitudes de revocación parcial o nulidad de las sentencias dictadas por los tribunales de primer grado (Tribunales de primera instancia, Juzgados de instancia, Juzgados de lo mercantil, juzgados de trabajo, juzgados mixtos de arrendamientos rurales, juzgados de seguridad social).

Tribunal de Casación

El Tribunal de Casación es una jurisdicción única a nivel nacional. Se sienta en París. Es responsable de verificar el cumplimiento de la Ley de las decisiones jurisdiccionales dictadas en última instancia por los Tribunales con sede en Francia y en los Territorios de Ultramar. No es un tercer nivel de jurisdicción porque la Corte de Casación no conoce el hecho, tiene competencia únicamente para apreciar la legalidad de las sentencias dictadas en última instancia o las sentencias de las Cortes de Apelaciones. El Tribunal de Casación no conoce los hechos del caso, sino sólo los medios de derecho, por lo que no tiene "plena jurisdicción". Rechaza como inadmisibles los “recursos de casación” que serían mixtos de hecho y de derecho.

Deuda

La palabra "crédito" designa un derecho que tiene una persona llamada "acreedor" contra otra persona llamada "deudor" o "persona deudora" que le debe la prestación de un servicio. Un mismo servicio puede afectar a varios acreedores oa varios deudores oa ambos al mismo tiempo. El deudor es el obligado del acreedor. El objeto de la deuda consiste en una obligación, ya sea de dar, o de hacer, o aun de abstenerse de hacer, bien o mal, ser un derecho sobre la cosa.

Para lograr la recuperación de su beneficio, el acreedor se beneficia de las protecciones convencionales y legales, en particular cuando la deuda tiene un carácter de alimentos (ver la palabra “alimentos”).

Por otra parte, el deudor también puede ser objeto de protección, como es el caso de quien se encuentra en situación de sobreendeudamiento.

En materia comercial, se instituyó la sindicatura para garantizar los puestos de trabajo, tratar de salvaguardar la empresa y, a falta de recuperación de la empresa, buscar en su liquidación el mejor medio para proteger el interés de los acreedores.

deuda incobrable

La irrecuperabilidad de una deuda resulta del carácter final de su pérdida a cargo del deudor, pero también puede provenir de la prescripción.En casos específicos, la pérdida de la deuda puede resultar de la desaparición del deudor, el resultado negativo del proceso iniciado, la resolución del litigio o simplemente el seguimiento por parte de la empresa cuando se trate de facturas de escasa cuantía que no justifiquen el coste de un procedimiento La constatación de irrecuperabilidad conlleva, en términos contables, su admisión como pérdida por su importe sin impuestos .

pago en pago

"Concesión en pago" es un negocio jurídico por el cual, en pago de todo o parte del monto de su deuda, un deudor le transfiere la propiedad de un bien o un conjunto de bienes.

Deudor

Una persona que le debe algo a alguien. Es el deudor de una obligación.

Pérdida

La "caducidad" de un derecho es el hecho de no poder obtener su reconocimiento en los tribunales.

Declaración de deuda

La declaración de pretensiones equivale a una demanda judicial. Es un acto procesal que permite a los acreedores de la empresa en dificultad dar a conocer sus pretensiones y su derecho a participar en los repartos. Todas las declaraciones de crédito permiten evaluar el monto de las obligaciones de la empresa en la fecha de la sentencia de apertura.

Plazos de pago

La ley de nuevas regulaciones económicas reforma los plazos de pago y lleva a las empresas a revisar la redacción de sus facturas y sus condiciones generales de venta.

Costos

La palabra "costas" designa las sumas que finalmente debe la parte contra la cual se ha dictado una sentencia civil.

fraude

Denominamos dolo al conjunto de actos engañosos que han dado lugar al consentimiento que de otro modo una de las partes en un contrato no habría prestado.

Daños y perjuicios

Compensación económica destinada a reparar el daño sufrido por una persona como consecuencia de las acciones de otra persona

Aprobación

El endoso es el medio por el cual el tenedor de una deuda materializada en un pagaré, transmite la prestación a su propio acreedor.

Compañía

Se define como la "organización para la producción de bienes o servicios de carácter comercial

Ejecución (Camino)

Un "medio de ejecución" es un procedimiento legal por el cual se instrumentan los medios adecuados para obtener de la parte condenada, los beneficios pronunciados por una sentencia o por un laudo arbitral que se han hecho ejecutivos.

Ejecutivo

Tomado como adjetivo, "Ejecutivo", califica cualquier acto que cualquier funcionario público y en particular los Alguaciles, pueda requerir a la persona que es el beneficiario, para que se inicie un procedimiento de ejecución.

Exequatur

El "exequátur" es un procedimiento que permite la ejecución de un laudo arbitral o de una decisión judicial extranjera.

Adeudado

Cuando el acreedor tiene perfecto derecho a reclamar el pago, ya sea por haber vencido su plazo o por no estar acompañado de plazo alguno de pago.

Factura

La factura es el documento redactado por el proveedor para indicar al cliente el detalle del precio a pagar. La factura es obligatoria entre comerciantes. No lo es si la venta se hace a un particular. La factura se elabora por duplicado, el original se envía al cliente y el proveedor se queda con el duplicado.

Bancarrota

Estado de un comerciante en cesación de pago. quiebra _ _ _

bancarrota personal

La quiebra personal consiste en la prohibición, pronunciada por un tribunal, de dirigir, dirigir, administrar o controlar, directa o indirectamente, cualquier negocio.

Archivo central de cheques impagos (FCC)

Archivo en poder de la Banque de France en el que se enumeran todas las personas sujetas a una prohibición de emitir cheques, ya sea esta prohibición bancaria o legal, así como las personas que han hecho un uso indebido de su tarjeta bancaria.

Fichero de cuentas bancarias (FICOBA)

Fichero gestionado por la administración tributaria y en el que se relacionan todas las cuentas abiertas en entidades de crédito, Correos y Hacienda Pública.

Fichero de incidencias de pago de efectos

Archivo en poder de la Banque de France y que enumera todos los incidentes de pago relacionados con instrumentos distintos de los cheques.

Archivo nacional de incidencias de devolución de créditos a particulares (FICP)

Este archivo en poder de la Banque de France enumera toda la información sobre las incidencias de pago relacionadas con los préstamos no profesionales. La inscripción en el fichero se mantiene hasta la regularización de las incidencias y, en su defecto, durante 5 años.

Fondos de comercio

El fondo de comercio está integrado por un conjunto de elementos que contribuyen a constituir una unidad económica cuyo objeto es de carácter comercial, incluyendo elementos tangibles, tales como materiales, bienes y equipos, y elementos intangibles, tales como la clientela, el derecho al arrendamiento y el nombre comercial. El fondo de comercio es un (Mobiliario -) Tangible "mobiliario" en el sentido legal del término.

Juicio hipotecario

"Ejecución hipotecaria" es la sanción civil que, por expiración del plazo que legalmente se le concede para hacer valer sus derechos ante los tribunales, extingue la acción de que dispone una persona para que se le reconozca.

Forma o fuerza ejecutiva

Por la "Formule executaire", la República ordena a los funcionarios públicos y alguaciles que están obligados a cumplir con la solicitud que les hace el beneficiario de un acto sobre el cual se ha presentado.

Principales costes y accesorios a recuperar

Cláusula penal: importe de los daños y perjuicios a pagar en caso de incumplimiento del contrato. Importe que debe indicarse en las Condiciones Generales de Venta del acreedor Interés legal Interés convencional indicado en las Condiciones Generales de Venta del acreedor o cláusula contractual Protesto o gastos bancarios, gastos de recibo o impuesto de timbre

Cargos irrecuperables

Son costas judiciales que no están incluidas en las costas, los honorarios del Abogado, y que corren a cargo de cada una de las partes en el juicio. En principio, la parte ganadora no puede ser reembolsada por la parte perdedora, pero el juez puede decidir ordenar al perdedor que le pague una indemnización.

Grande

El "bruto" es el nombre que se le da a la copia de una resolución judicial o de un acta notarial que contiene la fórmula de ejecución

El agente judicial

Un alguacil es un funcionario ministerial que ocupa un cargo público. Su misión es redactar escritos judiciales o extrajudiciales, hacer citaciones para comparecer y luego, una vez cerrado el procedimiento, notificar la sentencia o sentencia tan pronto como haya sido dictada.

Hipoteca

Es una garantía constituida sobre un bien inmueble que se destina al pago de una deuda. Confiere al acreedor un derecho de preferencia y un derecho de continuación que le permite proseguir la venta en cualquier mano en que se encuentre el bien.

Pago pendiente

A veces el cliente (deudor) no paga lo que debe al proveedor (acreedor). Varias razones pueden explicar este impago: mala fe manifiesta, dificultades financieras internas, el nacimiento de un litigio, etc.

Obligación de pagar

Procedimiento simplificado para perseguir el cobro de créditos civiles o mercantiles de escasa cuantía mediante la obtención del magistrado o del Presidente del juzgado de lo mercantil el dictado de una medida cautelar que, en ausencia de oposición, adquiere fuerza ejecutiva.

Insolvente

Se trata de una persona “insolvente” que ya no puede hacer frente al pago de sus deudas.

interés convencional

Es el previsto por las partes en el contrato, sin embargo, su tasa no puede ser superior a la tasa de desgaste

Interés jurídico

Tiene por objeto reparar el daño resultante de la demora del deudor en saldar su deuda, es el interés de mora, cuyo tipo se fija por ley cada año.

Juicio

“Sentencia” significa cualquier decisión dictada por un tribunal de primera instancia, que ordena el pago, hacer o no hacer, o que toma una medida de investigación o ejecución.

Liquidación amistosa

La fase de liquidación de una empresa se produce después de su disolución.

Las normas que rigen la liquidación son estatutarias (es decir, previstas por los estatutos de la sociedad) o legales.

Lo primero es nombrar un síndico que tendrá la función de:

  • vender activos para cobrar cuentas por cobrar y pagar deudas
  • convocar a los socios para informarles de la situación
  • preparar las cuentas de liquidación.

A veces, se nombran además monitores de liquidación.

El cierre de la liquidación es seguido por el reparto entre los socios de cualquier excedente de liquidación.

Luego, las cuentas de liquidación se archivan en el registro del Tribunal de Comercio para que la empresa sea eliminada del registro comercial y de empresas. Pierde así su personalidad moral.

El aviso de cierre de la liquidación deberá publicarse en un diario de anuncios legales para ser puesto en conocimiento de terceros.

Efectivo (deuda o cuenta por cobrar)

Una deuda es líquida cuando puede cuantificarse en su importe.

Inquilino

Persona que alquila alojamiento o terreno.

Mandato

Es un contrato por el cual una persona (el principal) encomienda a otra persona (el agente) que lo represente o actúe en su nombre. Es una obligación establecer un mandato entre el acreedor y su proveedor de servicios en el área de cobro de deudas.

Representante legal

El representante legal interviene cuando todas las soluciones para salvar la empresa han fracasado. Luego es designado por el tribunal para proceder con la liquidación. Su intervención es a dos niveles. Por un lado, representa a los acreedores cuando una empresa está en suspensión de pagos; vela por que las soluciones adoptadas por el director tengan en cuenta sus intereses; los invita a declarar sus reclamos y redacta una declaración de responsabilidades

Mala fé

Muchas disposiciones conservan la noción de mala fe del deudor. No se presume mala fe, corresponde al acreedor establecer que el deudor puede ser considerado de mala fe dada su actitud. Así, la jurisprudencia admite que el deudor que guarda completo silencio tras el envío de un requerimiento caracteriza perfectamente su mala fe.

Aviso formal

Si después de varios recordatorios o propuestas de arreglo amistoso su cliente aún no paga la factura vencida, envíele un aviso por correo certificado con acuse de recibo, dándole un plazo final antes de emprender acciones legales.

En el ciclo de un procedimiento de recuperación de la deuda, el Aviso Formal viene después de las fases de seguimiento amistoso, escrito y telefónico.

Promesa

La prenda es seguridad convencional. La prenda de una cosa mueble se llama “prenda”. Prenda es, por tanto, el nombre general que se da a los títulos valores relativos a bienes muebles.

La palabra "prenda" se usa generalmente para designar garantías relacionadas con el fondo de comercio.

Notificación

Es una formalidad por la que se mantiene oficialmente informada a una persona del contenido de un acto en el que no fue parte, o por la que se le da aviso, o por la que se le cita a comparecer ante un tribunal, o finalmente, por que se le informa del contenido de una decisión judicial. La notificación de una resolución judicial hace correr los plazos de recurso.

El "servicio" es una forma de notificación, lo hace un alguacil.

Innovación

Es una novedad cuando:

  • el deudor contrae una nueva deuda con su acreedor que sustituye a la anterior, que se extingue;
  • se sustituye por un nuevo deudor al anterior liberado por el acreedor;
  • nuevo compromiso, se sustituye al anterior por un nuevo acreedor, frente al cual queda liberado el deudor.

En el marco de la segunda hipótesis, la novación sólo puede tener lugar si el acreedor ha declarado expresamente que tiene la intención de liberar al deudor que ha hecho la delegación.

Nulidad

Es una sanción pronunciada por el Tribunal contra un acto, contrato, cláusula, cuando adolece de un defecto de forma o de una irregularidad de fondo, pero es necesario que la persona víctima de estos defectos o irregularidad solicite la nulidad ante el Tribunal competente.

Obligación

Es un compromiso de las partes de hacer o no hacer algo para obtener a cambio el objeto de su compromiso.La obligación de resultado obliga al deudor a lograr un resultado determinado.

ejecutable

Un acto es oponible cuando produce efectos respecto de terceros.

Oposición

La oposición es un recurso del deudor contra ciertas órdenes, el deudor condenado por una orden de pago tiene un mes para presentar una oposición a la orden desde la fecha de la notificación.

Arreglo

La orden es una decisión tomada por un juez. El ordenamiento es el nombre que se da a determinadas decisiones judiciales, no contenciosas o contenciosas

Pago

El pago tiene el efecto de extinguir la deuda. Puede hacerse válidamente directamente al acreedor oa su representante.

París Litigios SA

Desde hace más de 10 años, Paris Contentieux SA, especializada en la gestión de deudas, ofrece a sus clientes, independientemente de su ubicación y tamaño, un trato personalizado y adaptado a sus necesidades de cobro: Precontencioso, Externalización del seguimiento del clienteCobro amistoso y Judicial recuperación Búsqueda de domicilios y solvencia de personas físicas Información comercial Reactivación y Redención de deudas Formación

Sanciones tardías

La ley no impone penalizaciones por mora, pero es recomendable preverlas para incentivar a los clientes a respetar los plazos de pago previstos y compensar el coste bancario de la morosidad. Las penalizaciones por pago atrasado deben mencionarse en las condiciones generales de venta y su tasa debe mencionarse en la factura. Vencen al día siguiente de la fecha de pago indicada en la factura. Si en el contrato o en las condiciones generales de venta no figura ningún tipo, el tipo de derecho común que se aplica es el “tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su última operación de refinanciación, incrementado en siete puntos porcentuales”.

Vencimiento

Consiste en dejar que los efectos de un acto se destruyan o destruyan, por inacción o por no uso durante un tiempo fijado por la ley o por las partes, sin perjuicio de la ley que lo justifica.

Período sospechoso

En su sentencia de apertura del procedimiento de concurso preventivo o liquidación judicial, el Presidente del Tribunal fija la fecha de cesación de pagos por parte de la sociedad.

Apelación

El acto por el cual una parte interpone ante el Tribunal de Casación un recurso dirigido contra una decisión judicial dictada en última instancia por un tribunal de primera instancia o por un Tribunal de Apelación se denomina “recurso”.

Prescripción

Es el medio de adquirir o liberarse dentro de un tiempo determinado, en las condiciones determinadas por la ley.

Importante

Está constituido por el importe inicial de la deuda, materializado en facturas, giros, reconocimientos de deudas, cheques no pagados, contratos, menos las cuotas pagadas o la condonación de deudas concedida.

Semi-contrato

Hecho lícito y voluntario del que se derivan obligaciones sujetas a un régimen similar al de los contratos

cuasi-delito menor

Hecho ilícito cometido por imprudencia o negligencia, pero sin intención de dañar y que ha causado daño a otra persona.

Recibo

Es un certificado escrito entregado al deudor para justificar el pago. Es hecha por el acreedor o su apoderado

Radiación

La "tachadura" es una medida de administración judicial que puede tomar el magistrado que preside una audiencia cuando las partes no comparecen o no han sido representadas, o cuando, aunque se presenten a la audiencia, el magistrado advierte que a pesar de el requerimiento que les hizo para que cumplieran una formalidad que les había prescrito, las partes se olvidaron de llevar a cabo las diligencias procesales que les corresponden. La inhabilitación no pone fin al juicio.

RCS

Registro Mercantil y de Empresas

Recuperación

El cobro de deudas es una actividad regulada que consiste en utilizar todos los medios legales, amistosos y/o judiciales para obtener de un deudor el pago de la deuda contraída con el acreedor.

La empresa generalmente inicia el cobro de sus facturas impagas por sí misma.

A menudo decide confiar en empresas especializadas después de haber realizado ella misma sus primeros recordatorios.

Las empresas de cobro, como Paris Contentieux SA, le prestarán servicios tales como: Recordatorios escritos, recordatorios telefónicos, visitas domiciliarias, cobro amistoso, cobro judicial.

Recuperación amistosa de Paris Contentieux SA

La recuperación amistosa viene en la continuación lógica de la reactivación comercial.

Todas las fases de la tramitación amistosa (cartas, recordatorios telefónicos y visitas domiciliarias) se realizan con independencia de la naturaleza, cuantía y localización geográfica del expediente a tramitar. Tramitación de expedientes a su recepción:

Análisis de la situación financiera y legal del deudor para adecuar las actuaciones a su cultura empresarial.

Detección de homónimos, normalización de domicilios, enriquecimiento y calificación telefónica, tramitación de “Partidos Sin Salir de Domicilio”.

Lanzamiento de producción (escenarios de correo y campañas de llamadas salientes). Seguimiento legal de cada deudor con registro RCS.

Envío de carta mandato a deudores Campañas de llamadas salientes ante recordatorio de nuevo correo.

Visitas domiciliarias para archivos potenciales.

Recuperación judicial de Paris Contentieux SA

En caso de fracaso de los procedimientos amistosos, ofrecemos a nuestros clientes la posibilidad de la recuperación judicial de los casos potenciales motivadores.Nuestra actuación:

  • Asesoramiento sobre el tipo de actuación a realizar
  • Seguimiento de la buena marcha
  • Gestión de ejecución

Nuestra recuperación judicial promueve intentos constantes de conciliación amistosa, a lo largo del proceso.Nuestra recuperación judicial es la garantía de una respuesta real a través de nuestra red de corresponsales judiciales, en Francia y en todo el mundo.Todo, especialmente seleccionado

Administración judicial)

La “reorganización judicial” es un procedimiento colectivo por el cual una empresa ya no puede hacer frente a sus deudas vencidas. Se dice que está en “cesación de pagos”.

Remisión

El "procedimiento remitido" o "procedimiento remitido" es un procedimiento oral y simplificado atribuido, en principio, a la competencia del Presidente del tribunal intervenido quien falla "con un solo juez". Puede ordenar medidas provisionales, principalmente el depósito de las cantidades impugnadas, un dictamen pericial o el pago de una provisión.

Normas

En términos de cobro de deudas, la liquidación es sinónimo de pago.

Recordatorio amistoso después del vencimiento

El seguimiento amistoso es el primer paso en el cobro de deudas cuando ha pasado el plazo de pago de la factura.

No se debe descuidar ningún retraso por parte de su cliente, un retraso de unos días puede ser el efecto de un descuido, de ahí el seguimiento amistoso primero, pero también puede marcar los primeros signos de debilidad por parte de su deudor. El recordatorio puede ser escrito y/o telefónico.

La recuperación suele ser gradual.

Recordatorio antes de la fecha de vencimiento

Esto permite,  Traer los giros rápidamente si descuenta los giros de sus clientes (son necesarios 10 días antes de la fecha mínima de vencimiento para el descuento), evitar pagos atrasados, evitar facturas impagas, tratar cualquier disputa rápidamente: dar una buena imagen de marca a su empresa

Referencia

En materia procesal, cuando la causa no pueda ser defendida, el juez podrá ordenar la remisión de la causa a una audiencia posterior.

Repetición indebida

Reembolso por quien ha recibido una suma de dinero de una persona u organización cuando no le era debida También existe acción de recuperación de lo indebido, cuando la persona indebidamente pagada no devuelve la suma de sí misma

Consulta

Acto por el cual una persona, denominada peticionaria, formula una o más pretensiones jurídicas en un procedimiento que será no contradictorio.

Terminación

Cancelación no retroactiva de un acto o contrato. También hablamos de disolución. En otras palabras, solo se destruyen los efectos futuros, pero no los pasados. No confundir con resolución*.

Resolución

Cancelación retroactiva de un acto o contrato. En el marco de una resolución, se considera que el acto nunca ha existido, ya que se anulan todos sus efectos, tanto futuros como pasados.La sanción suele solicitarse cuando en un contrato sinalagmático una de las partes no ha respetado sus obligaciones, en este caso el otro busca la resolución judicial del contrato y la restitución de la cosa.

Responsabilidad (acción en)

Cuando una persona ha cometido un daño causando daño a otra, ésta puede incurrir en responsabilidad contractual, extracontractual o cuasi extracontractual según el contexto en que se encuentre. La responsabilidad se incurre si la víctima del daño demuestra una culpa, una negligencia o una imprudencia , daño y un nexo de causalidad entre esta culpa y el daño, siendo el objeto de la presente acción la reparación del daño en especie o mediante la concesión de daños y perjuicios.

Embargo

El embargo es, según los casos, una medida cautelar o un medio de ejecución. Esto se hace cuando un acreedor hace embargar bienes pertenecientes a su deudor.

El embargo ejecutivo es un procedimiento que sólo puede ser ejecutado por un alguacil a petición del acreedor, provisto de un título ejecutivo (ejemplo: sentencia judicial) sobre los bienes de su deudor.

Hay varios tipos de entradas:

  • Incautación-atribución. Permite que se asignen inmediatamente al acreedor las sumas de dinero adeudadas a su deudor, correspondientes al monto de su crédito.
  • Entrada de remuneración. Permite al acreedor deducir parte del salario pagado a su deudor.
  • Embargo-venta. Permite al acreedor embargar los bienes muebles del deudor y ser reembolsado sobre el precio de venta.

Embargo cautelar

El embargo preventivo sólo puede ser realizado por un alguacil.

El embargo preventivo le permite hacer indisponibles los materiales, bienes o deudas que tiene su deudor. Siguen siendo de su propiedad, pero ya no puede venderlos. El embargo tiene la ventaja de preservar los intereses del acreedor mientras se espera una decisión judicial. También puede constituir un medio de presión para obtener una solución amistosa.

Sentido

Esta designa en términos de Procedimiento, la Notificación que se hace, el conocimiento que se da de una sentencia, de una sentencia, de un acto, por vía judicial y legal, por ministerio de alguacil. La notificación de un decreto, una sentencia, un escrito, una solicitud, etc. Tener un proceso atendido por un alguacil. Significado de confesado a confesado.

Esta es la notificación hecha por un alguacil. Permite poner en conocimiento de las partes o de terceros determinados actos.

Balance

En el cobro de deudas, el saldo significa la suma de dinero restante adeudada al acreedor por el deudor.

El juzgado de primera instancia

Es la jurisdicción de derecho común de primer grado, se pronuncia sobre asuntos civiles personales y muebles cuyo derecho de reclamación exceda de 10.000 euros.Generalmente, el Tribunal de Gran Instancia sesiona en formación colegiada, con magistrados profesionales.

Tribunal de Comercio

Los Tribunales de Comercio son tribunales de primer grado integrados por jueces electos. Se pronuncian sobre los litigios entre comerciantes en el marco de sus relaciones profesionales.

Tribunal de Distrito

Jurisdicción de excepción, el Tribunal de Distrito es competente en principio desde la ley de 26 de enero de 2005, en materia civil personal y mobiliaria hasta 10.000 euros, pero también en reclamaciones indefinidas que tienen su origen en la ejecución de una obligación cuyo importe no exceda 10.000 euros Gestiona, entre otras cosas, el embargo de la remuneración y reglamenta las medidas cautelares y las medidas cautelares cuyo valor sea superior a 4.000 euros El presidente puede ordenar las medidas a que se refiere.

Verificación de deudas

La "comprobación de créditos" es la fase del procedimiento de concurso judicial y del procedimiento de liquidación judicial durante la cual se examinan los documentos presentados por cada uno de los acreedores para justificar la veracidad y la calidad de las deudas por cuyo pago cada uno de ellos reclama derecho. contribuir con los demás a la distribución de las sumas resultantes de la liquidación de los bienes pertenecientes a su deudor.

Modo de ejecución

Un "medio de ejecución" es un procedimiento legal por el cual se instrumentan los medios adecuados para obtener de la parte condenada, los servicios pronunciados por una sentencia o por un laudo arbitral que han adquirido fuerza ejecutiva.