Paris Contentieux se unió a Concilium en 2018, una asociación que reúne a empresas de colección. Para ser miembro es necesario realizar visitas domiciliarias, especialmente en nombre de otros miembros. Gracias a esta membresía, podemos realizar visitas domiciliarias en toda Francia, incluidos los Territorios Franceses de Ultramar.
Cada empresa de recogida es autónoma y debe cumplir los criterios establecidos por el estatuto:
Las visitas y las incautaciones son realizadas por agentes autorizados de la policía judicial, quienes deben velar por que cada operación respete la legalidad. Después de cada intervención, redactan un informe detallado, acompañado de fotografías y un informe. Es imprescindible que se realicen siempre las visitas aceptadas, y que la retribución de las prácticas se ajuste a las condiciones del contrato, sin costes adicionales.
Las visitas domiciliarias ofrecen una solución rápida y económica a un procedimiento legal largo y costoso. Permiten resolver diversos conflictos, ya sean simples pagos olvidados, negligencias, malentendidos o el deseo de no romper una relación comercial. Estas visitas también facilitan la recogida de los documentos necesarios para impugnar una deuda en caso de procedimiento penal o civil, respetando los derechos de la defensa.
Las intervenciones deberán ajustarse al Código de Procedimiento Penal y al Libro de Procedimientos Tributarios, a fin de respetar el orden público y la inviolabilidad de los domicilios. Si se constata alguna infracción, los magistrados y el fiscal pueden ordenar registros o visitas domiciliarias, previa autorización del juez de libertad.
Una empresa especializada en mantenimiento informático prestó servicios a una pyme, pero a pesar de varios recordatorios, la factura sigue impaga. La pyme, que anteriormente había prometido un pago rápido, ya no responde a las llamadas ni a los correos electrónicos. La empresa acreedora decide entonces recurrir a una agencia de cobranza para recuperar el importe adeudado.
Por mandato de la empresa de mantenimiento, realizamos varios pasos para contactar con el deudor. Utilizamos la dirección de correo electrónico y el número de teléfono de la empresa, sin éxito. Se envían cartas recordatorias certificadas, pero no se reclaman en la oficina de correos. Queda claro que el deudor está tratando de evitar el contacto.
Ante este impasse decidimos realizar una visita domiciliaria a la sede de la PYME. En nuestro primer intento, sólo encontramos a la secretaria, quien nos informó que el gerente a menudo estaba ausente. Le dejamos un aviso de llamada. La segunda visita, prevista en otro momento, nos permite finalmente encontrarnos in situ con el responsable.
Tras una conversación franca, el deudor nos explica que está pasando por un momento económico difícil, pero que está dispuesto a regularizar su situación. Acordamos juntos un calendario de pagos repartido en tres meses, que permitirá a la PYME pagar su deuda sin comprometer su actividad.
La visita domiciliaria permitió entablar un diálogo con un deudor que evitaba contactos formales. Respetando la legislación vigente (artículos R124-1 a R124-7 del Código de Procedimientos de Ejecución Civil), pudimos llegar a un acuerdo amistoso. Es importante recordar que estas visitas deben realizarse siempre con respeto y profesionalidad, sin ejercer presiones ilegales. Esto permite muchas veces resolver situaciones que parecían bloqueadas, preservando al mismo tiempo la relación comercial.